Arras con Inmobiliaria
Modelo de arras adaptado para compraventas gestionadas por agencia inmobiliaria. Incluye cláusulas específicas sobre honorarios, depósitos y comisiones del agente.
Identificación de la agencia intermediaria
Incluye los datos completos de la inmobiliaria: razón social, CIF, número de colegiado (si aplica), dirección y datos de contacto. Esto aporta seguridad jurídica a la operación.
Cláusula de honorarios y su distribución
Especifica el porcentaje o importe fijo de comisión, quién lo paga (vendedor, comprador o ambos), y en qué momento se devenga (habitualmente a la firma de escritura).
Depósito de arras en cuenta cliente
Si la agencia custodia las arras, indica el número de cuenta cliente, que debe ser distinta de la cuenta operativa de la empresa, y las condiciones de liberación del depósito.
Cláusula de exclusividad o multiexclusiva
Si el encargo es en exclusiva, el vendedor no puede vender por su cuenta ni con otra agencia durante el plazo pactado. Define también qué ocurre si el comprador viene de otra fuente.
- ×No especificar por escrito quién paga los honorarios de la agencia.
- ×Entregar las arras directamente al vendedor cuando la agencia debería custodiarlas.
- ×Firmar encargo en exclusiva sin leer las consecuencias de incumplimiento.
- ×No verificar que la agencia tiene seguro de responsabilidad civil.
- ×Olvidar incluir los datos de la inmobiliaria en el contrato de arras.
- Verificar que la agencia está inscrita en el registro autonómico correspondiente.
- Confirmar que la agencia tiene seguro de responsabilidad civil vigente.
- Tener copia del contrato de encargo inmobiliario firmado con el vendedor.
- Acordar por escrito el reparto de honorarios entre las partes.
- Decidir si las arras se depositan en cuenta cliente de la agencia o al vendedor.
- Comprobar que el vendedor tiene autorización para vender (si hay varios propietarios).
La familia García quiere vender su piso de 250.000€ a través de Inmobiliaria XYZ. Pactan comisión del 3% (7.500€) a cargo del vendedor, pagadera a la firma de escritura. El comprador, Sr. López, firma arras de 12.500€ que quedan depositadas en la cuenta cliente de la agencia. En el contrato se especifica que si el comprador desiste, pierde las arras (que irán al vendedor), pero la agencia puede reclamar sus honorarios al vendedor por el trabajo realizado.
Cómo funciona
Revisa el contrato de encargo
Antes de firmar arras, verifica las condiciones del encargo con la inmobiliaria: exclusividad, comisión y duración.
Aclara quién paga honorarios
Pacta expresamente si la comisión la asume el vendedor, el comprador o ambos, y en qué porcentaje.
Confirma el depósito de arras
Decide si las arras se entregan al vendedor o quedan custodiadas por la agencia.
Introduce los datos del vendedor
Completa la información del vendedor propietario del inmueble.
Describe el inmueble
Indica la dirección, referencia catastral y descripción de la vivienda.
Establece las condiciones económicas
Fija el precio de venta, cantidad de arras y fecha límite para la escritura.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga los honorarios de la inmobiliaria?
Depende de lo pactado. En España, tradicionalmente paga el vendedor (3-5% del precio), pero cada vez es más común que comprador y vendedor compartan gastos, o que pague quien contrata a la agencia.
¿La inmobiliaria puede quedarse las arras como depósito?
Sí, es práctica habitual que la agencia custodie las arras en su cuenta cliente hasta la firma de escritura. Debe quedar reflejado en el contrato y la agencia debe tener seguro de responsabilidad civil.
¿Qué servicios incluye la comisión de la inmobiliaria?
Generalmente incluye: valoración del inmueble, publicación de anuncios, organización de visitas, filtrado de compradores, negociación, preparación del contrato de arras y coordinación hasta la firma.
¿Puedo negociar la comisión de la agencia?
Sí, la comisión es libremente pactada. Puedes negociar el porcentaje, especialmente en inmuebles de alto valor o si la venta es rápida. Algunas agencias ofrecen tarifas fijas.
¿Qué pasa si desisto y la agencia ya cobró honorarios?
Si desistes con arras penitenciales, pierdes las arras pero la agencia puede reclamar su comisión si ya realizó su trabajo. Lee bien el contrato de encargo con la inmobiliaria.
Contexto Legal
La intermediación inmobiliaria se rige por el Real Decreto-Ley 4/2000 y la normativa autonómica de agentes de la propiedad inmobiliaria. Los honorarios son libres pero deben pactarse por escrito.
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